ACADEMIA DE 14 AGOSTO DE 2012

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TURNO VESPERTINO

viernes, 2 de agosto de 2013

Raúl Salinas se enriqueció de forma desproporcionada entre 1985 y 1992: juez
Alfredo Méndez
 
Periódico La Jornada
Viernes 2 de agosto de 2013, p. 11
El juez federal Carlos López Cruz, quien absolvió el pasado 19 de julio a Raúl Salinas de Gortari del delito de enriquecimiento ilícito y ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) devolverle todos sus bienes inmuebles incautados hace más de una década, entre ellos la famosa finca de El Encanto, resolvió que el hermano del ex presidente Carlos Salinas se enriqueció de manera desproporcionada entre 1985 y 1992, pero no hay pruebas de que haya incurrido en actos de corrupción en el ejercicio de los cargos públicos que ocupó en ese periodo.
La sentencia relativa a la causa penal 36/1997, de la que posee copia La Jornada, refiere que “los dictámenes periciales son idóneos para acreditar con total certeza que el patrimonio de Raúl Salinas se incrementó sustancialmente durante el periodo comprendido de enero de 1985 a abril de 1992, en una proporción que no es acorde con los ingresos que recibió por los cargos públicos que desempeñó.
En otras palabras, durante el lapso en que ocupó diversos cargos en un organismo descentralizado, así como en la administración centralizada, Raúl Salinas acrecentó de tal forma su peculio, que sin lugar a dudas es posible sostener que experimentó un enriquecimiento, resolvió el juez.
Añadió que la ilicitud del enriquecimiento está circunscrita a la temporalidad en que el servidor público desempeñó el cargo y a que el incremento patrimonial sea consecuencia de que el activo del delito se aprovechó del empleo, cargo o comisión públicos.
Con independencia de que la evolución patrimonial de Salinas haya sido la consecuencia de una acertada inversión de sus haberes, o de diversas razones que pudieran justificar o no contable y financieramente ese incremento, no es procedente que ese enriquecimiento se etiquete de ilícito, pues la ilicitud a que se refiere este tipo penal deviene estrictamente de que el incremento patrimonial sea resultado de un abuso en el ejercicio del servicio público, al aprovecharse ya sea del estatus o de las atribuciones que le son conferidas, indicó López Cruz.
La sentencia está fechada el 19 de julio pasado, y dos días más tarde la PGR impugnó el fallo.
Durante los sexenios de Miguel de la Madrid y de Carlos Salinas, su hermano Raúl ocupó diversos cargos de la Conasupo.
De acuerdo con fuentes cercanas al caso, el juez buscó durante varios meses la posibilidad de cuadrar la conducta atribuida a Raúl Salinas con el delito de enriquecimiento ilícito, pero después de estudiar a fondo las constancias de autos optó por absolver a Raúl Salinas.
El juez federal ordenó que al absolver de la acusación a Salinas, lo procedente es devolverle todos los bienes inmuebles y/o muebles que permanecen bajo el aseguramiento de la autoridad ministerial.
En sus acusaciones, la PGR imputó que el incremento real de su riqueza en el periodo de Salinas como funcionario público fue de 161 mil 462 millones de viejos pesos.
Según la hipótesis de la PGR, el ingeniero utilizó 207 de los 2 mil 218 millones de nuevos pesos desviados entre 1990 y 1994 desde la partida secreta de la Presidencia de la República hacia una cuenta en Banco Mexicano Somex, por instrucciones del entonces director de administración de la Presidencia, Ernesto Sentíes, ya fallecido.
Las cosas comenzaron a complicarse para la PGR en diciembre de 2004, luego de que un tribunal colegiado de Toluca absolvió a Raúl Salinas del delito de peculado, con el argumento de que la partida secreta existía para gastos contingentes y no tenía reglas para su manejo.

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