ACADEMIA DE 14 AGOSTO DE 2012

ACADEMIA DE  14 AGOSTO DE 2012
TURNO VESPERTINO

viernes, 18 de noviembre de 2011

¿LIBERTAD DE EXPRESIÓN O LEY DE LA SELVA?

¿Libertad de expresión o ley de la selva?
 
En marzo de 2004, en el texto Cómplices del terror, firmado por el entonces subdirector de Letras Libres Fernando García Ramírez y publicado en esa revista que dirige Enrique Krauze, se acusó y calumnió, sin fundamento alguno, a La Jornada de ser cómplice de la organización terrorista vasca Euskadi Ta Askatasuna (ETA). Este diario envió a la revista una carta en la que se demandó que probara lo dicho o, en su defecto, se retractara. Letras Libres no aportó prueba alguna, mucho menos se retractó. Ante la gravedad de la acusación, Demos, Desarrollo de Medios, S. A. de C. V., casa editora de La Jornada, presentó una demanda por daño moral en contra de Editorial Vuelta, S. A., a la que pertenece Letras Libres.
Empezó entonces un largo proceso legal que, en sus diversas instancias y sucesos, ha tenido varias sentencias –dos de ellas favorables a La Jornada y otras tantas a Letras Libres– y que se ha llevado más de siete años. En 2010, a instancias de la mentada revista, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción sobre el caso, el cual fue turnado al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Este magistrado elaboró un proyecto de resolución que pretende situar la querella como resultado de derechos que se encuentran en pugna: el relativo al honor y la reputación y el que garantiza la libertad de expresión, para concluir que el segundo debe imperar sobre el primero.
Con estos y otros argumentos, la ponencia concluye que si bien García Ramírez empleó expresiones desabridas y de mal gusto y que “resulta evidente la exageración utilizada en el texto, especialmente al concluir que la línea editorial de La Jornada equivalía a ponerla ‘al servicio de asesinos hipernacionalistas’, la cual podría resultar sumamente desagradable”, el tono empleado (en el artículo difamatorio) se encuentra justificado por su propósito de causar impacto entre los lectores, de modo que una eventual condena inhibiría el debate abierto sobre temas que, como éste, son de interés público.
De esta manera, el diferendo es minimizado y reducido a que Letras Libres y La Jornada “‘piensan’ de forma distinta y que sostienen puntos de vista alternativos respecto de los mismos hechos”, que lo publicado por la primera acerca de la segunda no es lo suficientemente insultante o desproporcionado y que “las expresiones utilizadas en la columna ‘Cómplices del terror’ se encuentran amparadas constitucionalmente”.
Resulta casi inverosímil que en un documento de la SCJN se pretenda dar protección legal a las falsedades vertidas contra La Jornada en Letras Libres. Pero es igualmente preocupante que uno de sus integrantes no logre ver más que exageración y mal gusto en una acusación pública que atribuye –falsamente– vinculación con el delito más severa y discrecionalmente perseguido y castigado en el mundo contemporáneo, ni que esa acusación conlleva riesgos concretos para quien es víctima de ella. Para aquilatar la gravedad de la calumnia contra La Jornada, es pertinente recordar que la denominada lucha contra el terrorismo internacional, emprendida por el pasado gobierno de Estados Unidos, y a la cual se sumaron la mayor parte de los gobiernos del mundo –incluidos los de Europa y México– se ha traducido en una violenta persecución contra toda persona o entidad sospechosa de actividades terroristas o de vínculos con ellas, y que en el contexto de esa persecución las autoridades han hecho caso omiso de derechos humanos y garantías individuales. En nombre del combate al terrorismo se ha justificado la tortura, la desaparición forzada, la comisión de crímenes de guerra y el acoso judicial –a la postre, ilegal e injustificado– contra individuos, organizaciones y medios informativos inocentes de cualquier práctica terrorista.
Por lo demás, ninguna de las consideraciones contenidas en el proyecto de resolución de marras invalida la contundencia y claridad de los términos en que están redactados los artículos constitucionales reproducidos en el mismo proyecto de resolución del ministro Zaldívar: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público (6°) y “la libertad de imprenta (…) no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública”. Los límites a la libertad de expresión quedan claramente fijados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (el respeto a los derechos o a la reputación de los demás) y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (“restricciones necesarias (…) para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás”), ambos textos también considerados en la tesis referida.
Este diario considera improcedente, pues, que se pretenda, a pesar de esos ordenamientos, esgrimir la libertad de expresión para justificar y exonerar acusaciones y calumnias como la cometida en 2004 contra La Jornada por Letras Libres y García Ramírez y amparadas por Enrique Krauze. No ha de omitirse la paradoja de que ese derecho fundamental, cuyo ejercicio ha sido mantenido en forma consistente y convencida por La Jornada desde su fundación –en un entorno caracterizado por la uniformidad noticiosa y la connivencia entre la mayor parte de los medios y poderes públicos autoritarios y antidemocráticos–, pretenda ahora usarse como argumento para permitir la propagación de calumnias como las que dieron pie a este ya largo proceso legal contra La Jornada.
Más allá de la injusticia que se pretende consumar, la ponencia del ministro Zaldívar, de ser aprobada por la SCJN, establecería un precedente indeseable y peligroso para el periodismo nacional, por cuanto daría pie a la difusión de toda suerte de infundios en contra de lo que se denomina personas que se dedican a actividades públicas (físicas o morales), categoría aplicable a los medios, y los eximiría de cualquier responsabilidad legal por la propagación de falsedades, por evidentes que éstas sean.
Asimismo, la adopción de la tesis del ministro Zaldívar por parte de la primera sala de la SCJN instauraría una suerte de ley de la selva en la que las entidades informativas podrían afirmar, unas de otras, las falsedades y acusaciones que quisieran, sin que por ello se les pudiera imputar en forma alguna. Y, en las condiciones de inequidad que caracterizan al país, tal escenario conduciría, de manera inevitable, al triunfo de los poderosos sobre los débiles, del músculo corporativo y financiero sobre las iniciativas sociales, de los discursos dominantes por encima de las voces disidentes.
El ejercicio de la libre expresión conlleva responsabilidades que no deben ser suprimidas. La Jornada no pretende, ni mucho menos, limitar el ejercicio de la libertad de expresión, como tramposamente ha planteado el señor Krauze en su largo peregrinar por sus medios y por los pasillos de la SCJN, cabildeando para llevar agua a su molino.
Es lamentable que se pretenda convertir las libertades de pensamiento, opinión y debate en un envoltorio aceptable de la difamación y la calumnia. Ese es, finalmente, el fondo del aberrante proyecto de resolución elaborado por el ministro Zaldívar. En caso de aprobarse en la instancia agendada para la semana próxima, la Suprema Corte de Justicia de la Nación habrá asestado un golpe mortal al ejercicio responsable de informar.
Y si se trata de acabar con La Jornada y con otros medios independientes que son molestos a los poderes político-empresariales, cabe decir que no nos apartaremos un milímetro de nuestro compromiso fundacional de ejercer la crítica responsable y de dar voz a quienes no la tienen.
Y, como dice el clásico, justicia retardada, justicia denegada.

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